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Responsabilidad Social Corporativa (RSC)
Dentro de los objetivos estratégicos de Gioseppo se ha establecido el ser una empresa Responsable. La inclusión de este concepto en nuestra política de empresa, obedece a que el éxito del negocio no puede ser alcanzado únicamente a través de la maximización de los beneficios económicos, si no a través de un comportamiento responsable orientado al mercado, así como a la construcción y cuidado de una imagen limpia y honesta ante los medios y los cuidadanos.
¿Qué es?
La responsabilidad social de la empresa es una combinación de aspectos legales, éticos, morales y ambientales. Es una decisión voluntaria, no impuesta, formada por conjunto de acciones que, a corto, medio y largo plazo, pretenden elevar la ciudadanía de la empresa a los más altos niveles de exigencia.
Hemos identificado tres grandes áreas de actuación: social, medioambiental, y laboral.
A nivel interno y externo de la empresa, se han creado unas conductas que Gioseppo aplica interna y externamente:
CONDUCTA INTERNA
Empleados
Gioseppo no emplea a nadie que esté por debajo de la edad legal.
Ninguna persona empleada en Gioseppo es discriminada por raza, discapacidad física, religión, edad, nacionalidad o sexo.
Los empleados de Gioseppo tienen reconocido el derecho de sindicación, asociación y negociación colectiva.
En Gioseppo no se permite ninguna forma de acoso o abuso físico, sexual, psicológico o verbal.
El salario que reciben los empleados de Gioseppo es acorde con la función desempeñada, siempre respetando los convenios de cada sector.
Gioseppo garantiza que sus empleados desarrollan sus labores en lugares.
Proveedores
Los Fabricantes y Talleres Externos de Gioseppo están obligados a cumplir con lo expuesto en los apartados de empleados y clientes de esta conducta. Así mismo, permiten que se realice cualquier revisión por parte de Gioseppo o de terceros autorizados para verificar su cumplimiento.
Para los proveedores se ha desarrollado un apdo. especifico con una serie de normativas.
Clientes
Gioseppo se compromete a ofrecer a todos sus clientes un estándar de excelencia en todos sus productos además de garantizar que no implican riesgos para su salud o seguridad.
CONDUCTA EXTERNA
Conducta de Fabricantes y Talleres Externos
Su marco conceptual recoge las Declaraciones de Derechos Humanos, la Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Menores y las Convenciones de la Organización Internacional del Trabajo nº 29, 87, 98, 100, 105, 111, 138, 182 y 190, haciendo especial énfasis en las políticas retributivas y de contratación, salud, seguridad, menores y medio ambiente.
Se articula en diez puntos:
Trabajo infantil
Los Fabricantes y Talleres Externos no emplearán a menores. Definimos como menor a aquellas personas con edad inferior a 16 años o, excepcionalmente, de 14 años, en aquellos países incluidos en el artículo 2.4 del Convenio 138 de la Organización Internacional del Trabajo. En el caso de que la legislación local establezca una edad superior, se respetará lo establecido por la misma.
No discriminación
Los Fabricantes y Talleres Externos no aplicarán ningún tipo de práctica discriminatoria por razones de sexo, raza, credo, edad, nacionalidad, orientación sexual, opinión política o discapacidad física o psíquica.
Libertad de asociación
Los Fabricantes y Talleres Externos respetarán los derechos de los empleados a asociarse, organizarse o negociar colectivamente sin que sufran por ello ninguna clase de sanción.
Acosos y abusos
Los empleados de los Fabricantes y Talleres Externos serán tratados con dignidad y respeto. En ningún caso estará permitido el castigo físico, el acoso de ningún tipo ni el abuso de poder.
Salud y seguridad
Los Fabricantes y Talleres Externos garantizarán a sus empleados un lugar de trabajo sano y seguro de acuerdo con lo exigido por la ley, asegurando unos mínimos razonables de luz, ventilación, condiciones higiénicas, prevención de incendios, así como el acceso al agua potable. De igual forma garantizarán que estos mínimos se cumplan en todas las demás instalaciones destinadas a sus empleados.
Política de remuneraciones
Política de remuneraciones Los Fabricantes y Talleres Externos cumplirán con toda la legislación vigente en materia laboral. Pagarán a sus empleados, al menos, los mínimos establecidos por la ley para cada categoría profesional.
Medioambiente
Los Fabricantes y Talleres Externos estarán obligados a cumplir lo establecido por la legislación vigente en materia medioambiental.
Politica de subcontratación
Los Fabricantes y Talleres Externos que subcontraten trabajos para Gioseppo se responsabilizarán de que los subcontratados cumplan con este mismo Código de Conducta.
Otras leyes aplicables
Los Fabricantes y Talleres Externos cumplirán con toda la legislación local, nacional e internacional vigente.
Supervisión y cumplimineto
Los Fabricantes y Talleres Externos autorizarán a Gioseppo a realizar, por sí mismo o por medio de terceros, revisiones que garanticen el cumplimiento de este Código, facilitando a los supervisores el acceso a la documentación y medios necesarios para asegurar este proceso.




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